DecretoDerogado
Decreto 685 de 2002
por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.
18artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 34A Partir Del 1° De Enero De 2002, La Remuneración Mensual De Los Empleos De La Fiscalía General De La Nación, Quedará Así: Denominación Remuneración Director Nacional Administrativo Y Financiero 65Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011El Subsidio De Alimentación Para Los Servidores Públicos Que Perciben Una Asignación Básica Mensual No Superior A Setecientos Dieciséis Mil Seiscientos Cuarenta Pesos ($71612Artículo 1213Artículo 1314Los Servidores Públicos Vinculados A La Fiscalía General De La Nación Que Tomaron La Opción Establecida En Los Decretos 53 Y 109 De 1993 Y 108 De 1994 O Se Vinculen Por Primera Vez, No Tendrán Derecho A Las Primas De Antigüedad, Ascensional, Capacitación Y Las Primas Y Sobresueldos Establecidos En Los Decretos 1077 Y 1730 De 1992 Y Cualquier Otra Sobrerremuneración15Artículo 1516Declarado Nulo Por El Consejo De Estado En Sentencia 001032500020180110100 De 21/09/2022 Jurisprudencia [ Mostrar ] Declarado Nulo Sentencia Del Consejo De Estado Sentencia 11001032500020180110100 De 2022 Estarse A Lo Resuelto (En La Sentencia Del 21 De Septiembre 2022, Bajo El Radicado 11001 03 52 000 2018 01101 00 (N17Artículo 1718Artículo 18
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992 Publíquesey cúmplase
- Rómulo González TrujilloEl Ministro de Justicia y del Derecho
- Juan Manuel SantosEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mauricio Zuluaga RuizEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública