Decreto
Decreto 657 de 2023
por el cual se reglamenta el artículo 9° de la Ley 2135 de 2021 y se adiciona el Capítulo 5 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1067 de 2015.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 9° de la Ley 2135 de 2021, y
- Hernando Alfonso Prada GilEl Ministro del Interior
- Álvaro Leyva DuránEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Irene Vélez TorresLa Ministra de Minas y Energía
- Germán Umaña MendozaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo
- Jorge Iván González BorreroEl Director del Departamento Nacional de Planeación
- Piedad Urdinola ContrerasLa Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística