DecretoVigente
Decreto 613 de 1992
por el cual se modifica el decreto 2743 de 1991.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adicionase El Artículo 1° Del Decreto 2743 De 1991, Con La Inclusión De Las Siguientes Partidas: Partidas Partidas 8408900010 8501202000 8408900090 8501203000 8409991000 8501401000 8409912000 8501402000 8409913000 8501403000 8409994000 8501404000 8409915000 8501405000 8409916000 8501409000 8409917000 8501511000 8409918000 8501519000 8409919010 8501521000 8409919090 8501522000 8409991000 8501523000 8409992000 8501524000 8409993000 8501640000 8409999010 8502101000 8409999020 8502102000 8409999030 8502103000 8409999040 8503001000 8409999090 8503002000 8501103000 8503009010 8501109000 8503009020 8501201000 8503009090 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Artículo 1 Decreto 2743 De 19912Excluyese Del Artículo 3° Del Decreto 2743 De 1991 Las Partidas Que A Continuación Se Señalan: Partidas Partidas 8408900090 8501519000 8501103000 8501521000 8501201000 8501521000 8501202000 8501522000 8501203000 8501523000 8501401000 8501540000 8501402000 8502101000 8501403000 8502102000 8501409000 8502103000 8501511000 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Artículo 3 Decreto 2743 De 19913Adicionase El Artículo 3° Del Decreto 2743 De 1991, Con La Inclusión De Las Siguientes Partidas, Que En Consecuencia Se Suprimen Del Artículo 1° Del Mismo Decreto4° Los Artículos 1° Y 2° Del Presente Decreto Tendrán Una Vigencia Hasta El 30 De Julio De 19925Artículo 5
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 189 numeral 25 de la Constitución Política, en desarrollo de las leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, en concordancia con las Resoluciones Externas 14 de 1991 y 2ª de 1992 de la Junta Directiva del Banco de la República Publíquesey cúmplase
- Rudolf Hommes RodriguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Manuel Santos CalderonEl Ministro de Comercio Exterior