DecretoVigente
Decreto 543 de 1956
Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas para sueldos y gastos de sostenimiento de las Oficinas de Sanidad Portuaria
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 22862Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso Para Sueldos Del Personal De Las Oficinas De Sanidad Portuaria (Aérea, Terrestre Marítima Y Fluvial) De Barranquilla, Cartagena, Santa Marta Y Buenaventura, En El Año Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 283 Artículo 2862 Clave Económica 001 Código De Oficina 281 Ordinal 1°para Sueldos Del2863Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso Para Gastos De Sostenimiento Viáticos, Transportes Etc3Artículo 3
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