DecretoVigente
Decreto 51 de 1932
POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTICULO 3O DE LA LEY 41 DE 1931, EN LO REFERENTE A EXENCIONES PARA ACUEDUCTOS PUBLICOS MUNICIPALES
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Amplíase Hasta El 30 De Junio De 1932 El Plazo Dentro Del Cual Puedan Los Municipios Solicitar Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Exenciones De Los Derechos De Aduana Para Las Tuberías Y Maquinarias Destinadas A La Construcción De Acueductos Públicos De Propiedad Del Distrito Respectivo,2Para Que El Ministerion De Hacienda Y Crédito Público Puedan Conceder Exenciones A Los Municipios, En El Caso Previsto Por El Artículo Anterior, Deberán Los Distritos Interesados Llenar Las Siguientes Formalidades: A) Que Haya Un Estudio Completo Sobre El Acueducto Proyectado