DecretoVigente
Decreto 476 de 1945
Por el cual se establece el plan de estudios para las Escuelas de trabajo Industrial, de Artes y Oficios y complementarias del país
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese El Siguiente Plan De Estudios Para Las Escuelas De Trabajo Industrial, De Artes Y Oficios Y Complementarias Del Pais: Para Iniciar Estudios De Operario Calificado En Culquiera De Las Especialidades, Se Requiere Haber Cursado Por Lo Menos El Último Año De La Escuela Pramaria, Tener Más De Catorce Años, Y Una Estatura Entre 12Las Materias Del Pénsum Que Acompañen La Cultura General Serán Aplicadas En Todas Y En Cada Una De Las Escuelas Por El Respectivo Profesor De La Asignatura Tomando Como Base El Acuerdo Semanal Que Sobre Ejercicio De Talleres Haga El Res Pectivo Colegio De Profesores, Y Haciendo De Estos Ejercicios Los Centros De Interés En Las Conferencias De La Semana
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