DecretoVigente
Decreto 465 de 1957
Por el cual se fija un aporte nacional para las competencias internacionales de Esgrima y Tennis, con sede en Colombia
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con Cargo A Los Fondos Apropiados En El Capítulo 351, Artículo 3934 Del Presupuesto Nacional Vígente, Destínase La Suma De Quince Mil Pesos ($ 152Las Sumas De Que Trata El Articulo Anterior Se Pagarán A Los Respectivos Tesoreros De Las Asociaciones Colombianas De Tennis Y Esgrima Y A Su Cargo Quedarán Las Cuentas Que Deban Rendir A La Contraloría General De La República
03