DecretoDerogado
Decreto 457 de 2002
por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 41 de la Ley 715 del 21 de diciembre de 2001.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 35 y 41 de la Ley 715 de 2001, y
- Federico Rengifo VélezEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Francisco José Lloreda MeraEl Ministro de Educación Nacional
- Juan Carlos Echeverri GarzónEl Director del Departamento Nacional de Planeación