DecretoVigente
Decreto 4339 de 2004
por el cual se fija un gravamen arancelario a las importaciones de cigarrillos de tabaco rubio, procedentes y originarias de Venezuela.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Cigarrillos De Tabaco Rubio Clasificados En La Subpartida Nandina 24022Lo Establecido En El Artículo 1° Del Presente Decreto, No Se Aplicará A Las Mercancías Que Hayan Sido Embarcadas Con Anterioridad A La Fecha De Entrada En Vigencia Del Presente Decreto3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Estará Vigente Hasta Tanto El Tribunal De Justicia De La Comunidad Andina Determine Que Venezuela Ha Dado Estricto Cumplimiento A La Sentencia Del 27 De Agosto De 2003, Proferida Dentro Del Proceso 52-Al-2002
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991 y previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Gustavo CanoEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Jorge Humberto BoteroEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo