DecretoVigente
Decreto 43 de 1949
Por el cual se dictan normas sobre el ahorro en la Policía Nacional
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Facúltase Al Director De La Policía Nacional Para Que Por Medio De Resolución Que Será Sometida A La Aprobación Del Ministerio De Gobierno, Establezca En Dicha Institución El Fondo De Ahorro Entre El Personal De Suboficiales Y Agentes2El Manejo Del Fondo De Ahorro Queda Centralizado En La Pagaduría General De La Policía Nacional, A Cuyo Cuidado Se Deja El Atender En Forma Inmediata A Las Devoluciones Al Personal Que Pueda Ser Dado De Baja3La Contraloría General De La República Dictará Las Normas Que Considere Convenientes Para El Control Y Fiscalización Del Fondo En Referencia4Esté Decreto Regirá Desde La Fecha
03