DecretoVigente
Decreto 3904 de 2009
por el cual se adoptan unas disposiciones en materia de Transporte Terrestre Automotor de Carga.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suspender Por El Término De Un (1) Año Contado A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, El Otorgamiento De Nuevas Habilitaciones Y Permisos De Funcionamiento De Empresas De Servicio Público De Transporte Terrestre Automotor De Carga, Mientras El Ministerio De Transporte Define Las Medidas Conducentes Para La Implementación De La Metodología De Análisis De Oferta Actual Y Futura Del Parque Automotor Y Las Nuevas Condiciones De Habilitación2Las Solicitudes De Habilitación De Empresas De Servicio Público De Transporte Terrestre Automotor De Carga, Radicadas Con Anterioridad A La Publicación Del Presente Decreto, Se Regirán Por Las Disposiciones Vigentes En El Momento De Su Radicación3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, inciso 5° numeral 6 del artículo 3° de la Ley 105 de 1993 y artículos 3° y 11 de la Ley 336 de 1996, y
- Andrés Uriel Gallego HenaoEl Ministro de Transporte