DecretoVigente
Decreto 380 de 1928
Por el cual se distribuyen las partidas correspondientes a las diversas Facultades que forman la Universidad Nacional
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Distribuyese La Suma De Sesenta Mil Pesos Que Figuran En La Ley De Apropiaciones Del Corriente Año, Adicionada En Sesenta Mil Pesos Que Votó La Ley 11 De 1927 Para La Facultad De Medicina, De La Manera Siguiente: Para Material $900 Para Personal 119,1002El Personal Y Asignaciones De Los Empleados De La Facultad De Medicina, Para El Año De Mil Novecientos Veintiocho, Será Como Se Expresa A Continuación: Empleo3Destínase La Suma De Ciento Veintisiete Mil Pesos ($ 127,000) Para El Sostenimiento De La Facultad De Matemáticas E Ingeniería En La Presente Vigencia, De La Siguiente Manera: $ 27,000 Que Figuran En La Presente Vigencia, Más $ 100,000 Que Figuran En La Ley 11 De 1927: Del Rector, A $ 300 Mensuales, En Doce Meses $ 3,600 Del Secretario, A $ 185 Mensuales, En Doce Meses 2220 De Diez Y Ocho Profesores De Los Cursos Teóricos A $ 80 Mensuales Cada Uno, En Doce Meses 17280 De Veintitrés Profesores De Los Cursos, Prácticos, A $ 100 Mensuales Cada Uno En Doce Meses 27600 Del Ayudante De La Secretaría, A $ 100 Mensuales, En Doce Meses 1,200 Del Bibliotecario, A $ 80 Mensuales, En Doce Meses 960 De Un Preparador Del Laboratorio De Química, A $ 100 Mensuales, En Doce Meses 1200 De Cuatro Preparadores Para Los Demás Cursos De Laboratorio, A $ 50 Mensuales Cada Uno, En Doce Meses 2400 Del Portero, A $70 Mensuales, En Doce Meses 840 Del Conserje, A $ 55 Mensuales , En Doce Meses 660 De Dos Profesores Para La Especialidad De Arquitectura, A $ 100 Mensuales Cada Uno, En Doce Meses 2400 Para Personal Y Material De Los Cursos De La Especialidad De Hidrocarburos, En El Año 10000 Para El Laboratorio De Resistencia De Materiales 15,000 Para El Laboratorio De Saneamiento 5,000 Para El Laboratorio De Maquinaria 5,000 Para El Laboratorio De Física 5,000 Para El Laboratorio De Hidráulica 5,000 Para El Gabinete Completo De Fotogrametría 10,000 Para La Biblioteca 1,64Destínase La Suma De Cincuenta Y Ocho Mil Pesos ($ 58,000) Para El Sostenimiento De La Facultad De Derecho Y Ciencias Políticas En La Presente Vigencia, De La Siguiente Maniera: $ 18,000 Que Figuran En La Presente Vigencia, Más $ 40,000 Que Votó La Ley 11 De 1927: Del Rector, A $ 300 Mensuales, En Doce Meses $3600 Del Secretario, A $ 150 Mensuales, En Doce Meses 1,800 De Veintidós Profesores, A $ 100 Mensuales Cada Uno, En Doce Meses 26400 De Cinco Profesores Para Nuevas Clases Que Puedan Abrirse En El Presente Año, Correspondientes A La Facultad De Ciencias Económicas Y Sociales, A $ 100 Mensuales Cada Uno, En Doce Meses 6,000 Para Pagar Sueldo Y Viáticos Al Técnico Extranjero Que Se Contrate Como Profesor De Sociología, En El Presente Año, Hasta 6,000 De Dos Bibliotecarios, A $ 70 Cada Uno, En Doce Meses 1680 De Un Escribiente, A 70 Mensuales En Doce Meses 840 De Un Portero, A $ 50 Mensuales, En Doce Meses 600 Para Enviar Al Exterior Hasta Tres Alumnos De La Facultad, De Acuerdo Con El Artículo 17 De La Ley 11 De 1927, 75Por El Ministerio De Educación Nacional Se Solicitará Oportunamente Del Gobierno, Al Tenor Del Artículo 15 De La Ley 11 De 1927, La Apertura De Los Créditos Administrativos
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