DecretoVigente
Decreto 3464 de 1980
Por el cual se adopta el Sistema Internacional de Unidades, SI.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adoptar El Sistema Internacional De Unidades, Como Sistema Obligatorio De Unidades En Materia De Metrología En El Territorio De La República De Colombia,2Las Unidades A Que Hace Referencia El Artículo Anterior Se Clasifican Así: 1º3El Centro De Control De Calidad Y Metrología De La Superintendencia De Industria Y Comercio, Como Entidad Autorizada Por El Gobierno Nacional, Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: 1º Custodiar Y Conservar Los Patrones Nacionales Así Como Promover Los Sistemas De Medición Equivalentes4La Superintendencia De Industria Y Comercio En Los Términos Del Decreto 149 De 1976 Vigilará Y Controlará El Cumplimiento Del Presente Decreto5En Las Relaciones Públicas Y Privadas Las Magnitudes, Los Nombres, Símbolos Y Prefijos De Las Unidades Tienen Que Indicarse En La Forma Como Establece El Artículo 2º Del Presente Decreto6El Sistema Internacional De Unidades, Si, Solo Podrá Modificarse En Virtud De Tratados O Convenios Internacionales7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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