DecretoVigente
Decreto 3240 de 1955
Por el cual se crea el Departamento de Ferrocarriles en el Ministerio de Obras Públicas
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Dependiente Del Ministerio De Obras Públicas, Créase El Departamento De Ferrocarriles Nacionales, Que Tendrá A Su Cargo La Construcción Y Estudios Del Ferrocarril Del Atlántico Y Todas Las Demás Funciones Relacionadas Con El Ramo De Ferrocarriles Que Correspondan Al Expresado Ministerio2Dicho Departamento Tendrá Las Dependencias, Personal Y Asignaciones Mensuales Que A Continuación Se Expresan: Dirección: 1 Director General $ 13Artículo 32564Del Presupuesto De Gastos Vigente5Artículo 5
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