DecretoVigente
Decreto 3235 de 1953
Por el cual se señala el personal y asignaciones de los establecimientos de reforma, detención, pena y medidas de seguridad
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del Primero (1°) De Enero De 1954, El Personal Y Las Asignaciones Mensuales De Los Establecimientos De Reforma, Detención, Pena Y Medidas De Seguridad, Serán Los Siguientes: Colonia Agricola Y Penal De Acacias: 1 Director, Con $ 4002El Personal De Que Trata El Artículo Anterior, Disfrutara De La Prima De Alimentación, Conforme Lo Dispone La Ley 79 De 19483Los Empleados Que Estén Desempeñando Cargos En Propiedad, Cuya Denominación No Haya Cambiado, No Necesitan Nuevos Nombramiento Ni Posesión
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