DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2934 de 1952
Por el cual se dictan unas disposiciones sobre Almacenes Generales de Depósito
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Almacenes Generales De Depósito Sólo Podrán Efectuar Operaciones De Crédito Sobre Artículos De Producción Nacional Y Sobre Materias Primas Extranjeras Destinadas A Industrias De Transformación Radicadas En El País2La Superintendencia Bancaria, De Conformidad Con Las Atribuciones Que Le Confiere El Decreto 1821 De 1929, Procederá A Modificar Con La Aprobación Del Gobierno, Los Reglamentos De Los Almacenes Generales De Depósito En El Sentido De Prohibir La Expedición De Certificados De Depósito Y Bonos De Prenda Sobre Mercancías De Importación Distintas De Las Materias Primas Especificadas En El Inciso Anterior3En Los Términos Del Presente Decreto, Quedan Modificadas Las Disposiciones De La Ley 20 De 1921 Del Decreto Reglamentario Número 1821 De 19294Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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