DecretoVigente
Decreto 2862 de 1981
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comite Nacional de Cafeteros.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 12 De Septiembre 10 De 1981, Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: «acuerdo Numero 12 De 1981 (Septiembre 10) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que En Virtud Del Decreto 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención De Los Mercados Cafeteros, Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores, Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente A Fin De Darle Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que Las Actuales Instalaciones De Los Almacenes De Depósito De Café En El Municipio De Santa Rosa De Cabal, Resultan Inadecuadas Por Su Céntrica Ubicación En El Casco Urbano Del Mismo Y Además Son Insuficientes Para Atender A Las Necesidades De La Plaza; C) Que La Cooperativa De Caficultores De Santa Rosa De Cabal Limitada, Ha Ofrecido En Venta, En La Suma De $ 42Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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