DecretoVigente
Decreto 2815 de 1978
Por el cual se abren unos contracréditos y se abren unos créditos en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del fondo víal nacional de la actual vigencia por $ 14.400.000.00
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Hácense Los Siguientes Contra Créditos En El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1978; Contracreditos Programa 09 Conservación, Adiciones Y Mejoras En Las Carreteras Nacionales Articulo 272Con Base En Los Contracréditos De Que Trata El Artículo Anterior, Abrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para ¡a Vigencia Fiscal De 1978: Creditos Programa 01 Estudios De Vías De Comunicación, Contratación De Servicios Técnicos Y De Aerofotogrametría Y Estudios Internos3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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