DecretoVigente
Decreto 279 de 1983
Por el cual se fija la escala de remuneración de los empleos de la Comisión Nacional de Valores y se dictan otras disposiciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1º De Enero De 1983, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos De La Comisión Nacional De Valores, A Que Se Refiere El Artículo 20 Del Decreto Extraordinario 1168 De 1980: Grado Asignación Básica Gastos De Representación Total 01 772En La Escala De Remuneración Fijada En El Artículo Anterior, La Primera Columna Señala Los Grados De Remuneración Que Corresponden A Las Distintas Denominaciones De Empleo3Sin Perjuicio De Las Normas Especiales Establecidas En El Decreto Extraordinario 1168 De 1980 Y En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Los Empleos De La Comisión Nacional De Valores Se Regirán Por Las Normas Contenidas En Los Decretos Extraordinarios 1042 De 1978 Y 69 De 1983 Y Demás Disposiciones Que Los Modifiquen O Adicionen4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Con Trarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1983
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982
- Edgar Gutiérrez CastroEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Gerlein EchavarríaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Ericina Mendoza SaladénEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil