DecretoVigente
Decreto 2787 de 2012
por medio del cual se modifica el Artículo Primero del Decreto 4977 de 30 de diciembre de 2011, que modificó el Artículo Segundo del Decreto 2960 de 17 de agosto de 2011, "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1407 de 2010 y se adoptan medidas para implemetar el Sistema Penal Acusatorio en la Jurisdición Penal Militar"
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificase El Artículo 1° Del Decreto Número 4977 Del 30 De Diciembre De 2011, Determinando Que Las Cuatro (4) Fases Territoriales De Desarrollo Anual Cada Una, Para Implementar La Operatividad Y Aplicación Del Sistema Penal Acusatorio En La Justicia Penal Militar, Comenzarán A Partir Del Primero (1°) De Enero De 2014 Así: Fase 1: Año 2014 Bogotá, D2Las Demás Disposiciones De Los Decretos Número 2960 De 17 De Agosto De 2011 Y 4977 Del 30 De Diciembre De 2011, No Se Modifican Y Continúan Vigentes3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 623, 624 y 627 de la Ley 1407 de 2010
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Carlos Pinzón BuenoEl Ministro de Defensa Nacional
- Claudia Patricia Hernández LeónLa Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las Funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública · encargado