DecretoVigente
Decreto 277 de 1989
Por el cual se ordena la publicación de un proyecto de acto legislativo.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Ordénase La Publicación Del Proyecto De Acto Legislativo Número 118 De 1988 Cámara 24 De 1988 Senado "por Medio Del Cual Se Erige Al Municipio De Barrancabermeja En Distrito Petrolero Se Dictan Otras Disposiciones" Aprobado Por El Congreso En Primera Vuelta Durante La Legislatura Ordinaria De 1988cuyo Texto Es Del Siguiente Tenor El Congreso De Colombia, Decreta: Artículo 1° "la Ciudad De Barrancabermeja" Será Organizada Como Un "distrito Especial Petrolero" El Legislador Podrá Dictar Para Él Un Estatuto Particular Sobre El Régimen Fiscal Administrativo De Fomento Para Su Desarrollo Económico, Social Cultural Sobre Las Rentas Que Se Causen En Barrancabermeja La Ley Determinara La Participación Que Le Corresponda Al Distrito Que Se Crea Artículo 2° Lo Dispuesto Para El Distrito Especial De Bogotá Por La Constitución Nacional En Sus Artículos 171182 Parágrafo Del 189 201se Aplicará Al Distrito Petrolero De Barrancabermeja Artículo 3° Este Acto Legislativo Rige Desde Su Promulgación Dado En Bogotá D E2El Diario Oficial Hará La Publicación Ordenada En El Artículo 1°de Este Decreto3Un Ejemplar Del Diario Oficial En Donde Aparezca Publicado El Proyecto De Acto Legislativo Debidamente Autenticado Se Anexará Al Expediente Luego De Lo Cual Se Devolverá Al Honorable Senado De La República Con El Fin De Que Se Surtan Los Trámites Previstos En El Artículo 218 De La Constitución Política4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Publíquese Cúmplase Dado En Bogotá D
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