DecretoCompilado
Decreto 2729 de 2012
por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 61 de la Ley 388 de 1997 relativo al anuncio de programas, proyectos u obras de utilidad pública o interés social
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Anuncio De Proyectos, Programas U Obras Que Constituyan Motivos De Utilidad Pública O Interés Social2Efectos Del Anuncio Del Proyecto, Programa U Obra3Contenido Del Acto Administrativo4A Valúos De Referencia5Procedimiento Para El Cálculo Del Mayor Valor Generado Por El Anuncio Del Proyecto6Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y el parágrafo 1° del artículo 61 de la Ley 388 de 1997, y
- Germán Vargas LlerasEl Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio