DecretoCompilado
Decreto 2667 de 2012
por el cual se reglamenta la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales, y se toman otras determinaciones
28artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Ámbito De Aplicación3Definiciones4°5Sujeto Activo6Sujeto Pasivo7Tasa Retributiva Por Vertimientos Puntuales8Meta Global De Carga Contaminante9Metas Individuales Y Grupales10Meta De Carga Contaminante Para Los Prestadores Del Servicio De Alcantarillado11Información Previa Al Establecimiento De Las Metas De Carga Contaminante12Procedimiento Para El Establecimiento De La Meta Global De Carga Contaminante13Seguimiento Y Cumplimiento De La Meta Global De Carga Contaminante14Tarifa De La Tasa Retributiva (Ttr)15Tarifa Mínima De La Tasa Retributiva (Tm)16Factor Regional (Fr)17Valor, Aplicación Y Ajuste Del Factor Regional18Cálculo Del Monto A Cobrar Por Concepto De Tasa Retributiva19Elementos, Sustancias O Parámetros Contaminantes Objeto Del Cobro De Tasas Retributivas20Destinación Del Recaudo21Información Para El Cálculo Del Monto A Cobrar22Monitoreo De Vertimientos23Verificación De Las Autodeclaraciones De Los Usuarios24Forma De Cobro25Período De Cancelación26Reporte De Información27Monitoreo Del Recurso Hídrico28Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y en desarrollo de los previsto en el artículo 42 de la Ley 99 de 1993, modificado por el artículo 211 de la Ley 1450 de 2011, y
- Juan Gabriel UribeEl Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible