DecretoVigente
Decreto 2530 de 2009
por el cual se adoptan medidas tendientes al cumplimiento de los compromisos adquiridos por Colombia en el marco de las Decisiones 505 y 602 de la Comunidad Andina, en aplicación del artÃculo 12 de la Convención de Viena de 1988, sobre el control a la exportación de sustancias quÃmicas controladas.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Impleméntese El Mecanismo De Prenotificación A La Exportación De Sustancias Químicas Controladas Por Parte De La Dirección Nacional De Estupefacientes, Específicamente Para Las Subpartidas Arancelarias Que A Continuación Se Relacionan: Subpartida Arancelaria Descripcion Arancel Sinonimos 262La Vigilancia A La Observancia Del Requisito Específico Para Las Solicitudes De Autorización Previa A Las Exportaciones De Las Sustancias Relacionadas En El Artículo 1° De Este Decreto, Será Ejercida Por La Dirección Nacional De Estupefacientes3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a la Ley 7ª de 1991, previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior
- Fabio Valencia CossioEl Ministro del Interior y de Justicia
- Luis Guillermo Plata PáezEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo