DecretoVigente
Decreto 2433 de 1999
por el cual se aplica provisionalmente el Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Aplicar Provisionalmente El Acuerdo Sobre El Programa Internacional Para La Conservación De Delfines, Suscrito El 21 De Mayo De 1998 Entre Los Gobiernos De Las Repúblicas De Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá, Vanuatu, Y Venezuela Y Los Gobiernos De Estados Unidos De México, Estados Unidos De América Y La Comunidad Europea, Mientras El Congreso De La República De Colombia Ratifica El Acuerdo, Es Sancionado Por El Presidente De La República Y Declarado Exequible Por La Corte Constitucional Y Se Constituya En Ley De La República De Colombia, Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Sobre El Programa Internacionalpara La Conservacion De Los Delfines Preambulo Las Partes En El Presente Acuerdo, Conscientes De Que En Virtud De Las Normas Pertinentes Del Derecho Internacional, Tal Como Se Reflejan En La Convención De Las Naciones Unidas Sobre El Derecho Del Mar De 1982, Todos Los Estados Tienen El Deber De Tomar, O De Cooperar Con Otros Estados Para Tomar, Las Medidas Que Sean Necesarias Para La Conservación Y Ordenación De Los Recursos Marinos Vivos; Inspirados En Los Principios Contenidos En La Declaración De Río Sobre El Medio Ambiente Y El Desarrollo De 1992, Así Como En El Deseo De Dar Cumplimiento A Los Principios Y Normas Previstos En El Código De Conducta Para La Pesca Responsable Adoptado Por La Conferencia De La Fao En 1995; Subrayando La Voluntad Política De La Comunidad Internacional Para Contribuir A Mejorarla Eficacia De Las Medidas De Conservación Y Ordenación Pesquera, A Través Del Acuerdo Para Promover La Aplicación De Las Medidas Internacionales De Conservación Y Ordenación Por Los Buques Pesqueros Que Pescan En Alta Mar, Adoptado Por La Conferencia De La Fao En1993; Tomando Nota De Que La 50ª Asamblea General De Las Naciones Unidas, De Conformidad Con La Resolución A/Res/50/24, Adoptó El Acuerdo Sobre La Aplicación De Las Disposiciones De La Convención De Las Naciones Unidas Sobre El Derecho Del Mar Del 10 De Diciembre De19822El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
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