DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2363 de 1953
Por el cual se dan unas autorizaciones sobre valorización a los Alcaldes Municipales
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1No Estando Reunidos Los Concejos Municipales, Autorizase A Los Alcaldes Para Establecer, Distribuir, Recaudar, E Invertir Para Obras De Interés Público Local Que, Previamente Sean Juzgadas Como Tales Y Oportunas Por El Gobernador O Intendente Respectivo, El Impuesto De Valorización En La Forma Y Con Los Requisitos Establecidos En El Artículo 19 Y Concordantes De La Ley 1ª De 19432Este Decreto Regirá Desde Su Expedición
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Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Guerra
- Brigadier General Arturo CharyEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Aurelio Caycedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- Coronel Manuel AgudeloEl Ministro de Comunicaciones
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas