DecretoVigente
Decreto 2246 de 1920
Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con el Curso Militar de la Escuela Militar
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Curso Militar De La Escuela Militar En El Año Escolar De 1921 Se Compondrá De Los Cadetes Que Hayan Recibido El Grado De Alférez, Y Además, De Tantos Alumnos Cuantos Cuerpos De Tropas Hay, A Razón De Dos Alumnos Por Cada Uno2Los Alumnos Que Completen El Curso Militar De 1921, Deberán Reunir Las Siguientes Condiciones: A) Ser Soltero, No Tener Más De Veinticuatro Año De Edad, Ser Apto Físicamente Y Poseer Los Conocimientos En Humanidades Exigidos Por Los Reglamentos De La Escuela Militar Para Ingresar Al Curso Militar3La Elección De Los Dos Alumnos Que Corresponden A Cada Cuerpo De Tropas Deberá Hacerse A Fines De Diciembre Presente4Los Alumnos Enviados Por Los Cuerpos De Tropas Figuran Para Los Efectos, Fiscales Como Sargentos Segundos, En Las Respectivas Unidades5Después Del Segundo Mes De Estudios, La Dirección De La Escuela Militar Informara Al Ministerio De Guerra Sobre Los Alumnos Que Por Falta De Capacidad No Deban Continuar En El Curso Militar, Para Disponer Su Retiro Del Establecimiento6El Curso Militar De 1921 Se Dividirá En Dos Secciones Denominadas A Y B7La Dirección De La Escuela Militar Presentara Al Ministerio De Guerra El Proyecto De Organización Interna Del Curso Militar De 1921
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