DecretoVigente
Decreto 2148 de 1998
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3035 de 1997.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifíquese El Artículo 1° Del Decreto 3035 De 1997, El Cual Quedará Así: “ordénase La Emisión, A Través Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, De Títulos De Deuda Pública Interna De La Nación, “títulos De Tesorería –Tes– Clase B”, Hasta Por La Suma De Nueve Billones Treinta Mil Millones De Pesos ($92El Artículo 4° Del Decreto 3035 De 1997, Quedará Así: “los Títulos De Tesorería –Tes– Clase B”, De Que Tratan Los Artículos Anteriores Tendrán Las Siguientes Características Financieras Y Condiciones De Emisión Y Colocación: Nombre De Los Títulos: Títulos De Tesorería –Tes– Clase B3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial, Requisito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden Impartida Por El Director General De Crédito Público De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 18 De La Ley 185 De 1995
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 51 de 1990 y el artículo 5° de la Ley 413 de 1997, y
- Juan Camilo RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público