Micelio
DecretoDerogado

Decreto 212 de 2004

por el cual se adopta la planta de personal del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -Invima- y se dictan otras disposiciones.

7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Suprímense De La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Instituto Nacional De Medicamentos Y Alimentos -Invima-, Los Siguientes Cargos: No2Las Funciones Propias Del Instituto Nacional De Vigilancia De Medicamentos Y Alimentos -Invima- Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que Se Establece A Continuación: No3Los Empelados Públicos De Carrera Administrativa A Quienes Se Les Suprima El Cargo En Virtud De Lo Dispuesto En El Artículo 1° Del Presente Decreto Y Que No Sean Incorporados A La Planta De Personal De Que Trata El Artículo 2° Del Presente Decreto, Tendrán Derecho A Optar Por La Indemnización O Por La Incorporación A Empleo Equivalente, De Conformidad Con Lo Consagrado En La Ley 443 De 1998 Y En Los Decretos Reglamentarios 1572 De 1998 Y 1173 De 1999 Y Con Sujeción Al Procedimiento Establecido En El Decreto-Ley 1568 De 19984El Director General Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto Mediante Acto Administrativo Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas De La Entidad5La Incorporación De Los Funcionarios A La Planta De Personal Establecida En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A Su Publicación, Teniendo En Cuenta Lo Dispuesto En El Decreto 1173 De 1999 Y Demás Normas Sobre La Materia Los Empleados Públicos Del Instituto Nacional De Vigilancia De Medicamentos Y Alimentos -Invima- Continuarán Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Nueva Planta De Personal Y Tomen Posesión Del Cargo6Los Empleados Que Gozan De Protección Especial, De Conformidad Con Las Leyes 790 De 2002 Y 812 De 2003 Y El Decreto 190 De 2003, Continuarán Vinculados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Decretos 100 Del 11 De Enero De 1995 Y 1605 De 1999
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