DecretoCompilado
Decreto 2038 de 2012
por medio del cual se crea un Consulado Honorario y se hace una designación en el Servivcio exterior.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Consulado Honorario De Colombia En Mendoza, En La República Argentina, Con Circunscripción Consular En Toda La Provincia De Mendoza2Créase El Cargo De Cónsul Honorario De Colombia En Mendoza, En La República Argentina Con La Circunscripción Ya Indicada En El Artículo Primero Del Presente Decreto3Desígnase A La Señora Cecilia Inés Barás Como Cónsul Honorario De Colombia En La Ciudad De Mendoza En La República Argentina4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 aprobatoria de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y el Decreto 1538 del 17 de mayo de 2004 por el cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias y el servicio consular honorario de Colombia, y
- María Ángela Holguín CuéllarLa Ministra de Relaciones Exteriores