DecretoVigente
Decreto 2023 de 1976
Por los cuales se establecen las Plantas de Personal de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Pereira de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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1Las Funciones Propias De La Administración De Impuestos Nacionales De Pereira De La Dirección Genera) De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: N° De Cargos Denominación Del Empleo Clase Grado Sueldo Básico Despacho Del Administrador 1 Administrador De Impuestos Ii 29 $ 122Son Funciones Del Administrador De Impuestos Nacionales De Pereira, Entre Otras, La De Ejercer Directamente O Por Sus Delegados Las Contenidas En Los Artículos 79 Y 103 A 106, Inclusive Del Decreto 074 De 19763Las Funciones De Las Secciones De Secretaría Y Correspondencia, De Análisis Y Critica De Documentos Y De Archivo De La División De Documentación De Que Tratan Los Artículos 81 A 83, Inclusive Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por Los Jefes De Las Respectivas Secciones O Por Sus Delegados4Las Funciones De La5Las Funciones De La Sección De Auditoria Interna Del Impuesto Sobre Las Ventas De La División Dé Auditoria De Que Trata El Artículo 87 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por El Jefe De La Sección O Por Sus Delegados6Las Funciones De La Sección De Auditoría Externa De 1a División De Auditoría, De Que Trata El Artículo 90 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por El Jefe De La Sección O Por Sus Delegados O Comisionados, Según Corresponda7Las Funciones De Las Secciones De Cuentas Corrientes Y Caja De Cobranzas Y De Contabilidad De La División De Recaudo De Que Tratan Los Artículos 95 96 Y 97 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por Los Jefes De Las 3 Respectivas Secciones O Por Sus Delegados8Las Funciones De Que Trata El Artículo 98 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por El Visitador De Hacienda Nacional De La División De Recaudo9Las Funciones De La10Las Funciones De Las Recaudaciones De Impuestos Nacionales De Que Trata El Artículo 108 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por Los Recaudadores O Por Sus Delegados Cuando La Delegación Sea Procedente De Acuerdo Con La Ley11La Autoridad Nominadora Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En El Presente Decreto12Los Actuales Empleados De La Administración De Impuestos Nacionales De Pereira Que Fueren Incorporados En Cargos Con Remuneración Inferior A La Que Estén Devengando En El Momento De La Incorporación, Continuarán Con La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio Obtengan Una Remuneración, Superior13Los Actuales Empleados De La Administración De Impuestos Nacionales De Pereira Para Ser Incorporados A Cargos De Series Diferentes A Las Que Venían Desempeñando, Deberán Reunir Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual De Punciones14En Los Casos En Los Cuales Se Trasladen Funcionarios Entre Las Diferentes Direcciones Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Se Entenderá Para Todos Los Efectos Legales Y Fiscales Que El Servicio Se Ha Prestado Sin Solución De Continuidad Y Los Salarios Seguirán Siendo Pagados Por La Dependencia A La Cual Pertenecían Inicialmente Los Mencionados Funcionarios, Hasta Tanto Se Incluyan En Una Nueva Planta15Los Funcionarios De 1a16El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del De Marzo De 1976, Para Los Empleados Que Estuvieren Prestando Sus Servicios En La Administración De Impuestos Nacionales De Pereira De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En Dicha Fecha Y Sean Incorporados A La Planta De Persona! A Que Se Refiere El Presente Decreto17El Presente Decreto Rige A Partir De Su Fecha De Expedición Y Deroga El Artículo 1° Del Decreto 2453 De 30 De Noviembre De 1973 En Lo Relacionado Con La Planta De Personal De La Administración De Impuestos Nacionales De Pereira De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
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