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DecretoVigente

Decreto 2018 de 1976

Por el cual se establece la Planta de Personal de la Administración de Impuestos Nacionales de Armenia de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

18artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Las Funciones Propias De La Administración De Impuestos Nacionales De Armenia De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: N° De Cargos Denominación Del Empleo Clase Grado Sueldo Básico Despacho Del Administrador I 27 112Son Funciones Del Administrador De Impuestos Nacionales De Armenia, Entre Otras, Las De Ejercer Directamente O Por Sus Delegados Las Contenidas En El Artículo 79 Del Decreto 074 De 19763Las Funciones De La Sección De Secretaria, Correspondencia Y Archivo De La División De Documentación, De Que Tratan Los Artículos 81 Y 83 Del Decreto 074 De 1976, Eran Ejercidas Por El Jefe De La Sección O Por Sus Delegados4Las Funciones De La Sección De Análisis Y Critica De Documentos, Cíe Que Trata El Artículo 82 Del Decreto 074 De 1976 Serán Ejercidas Por El Jefe De La Sección O Por Sus Delegados5Las Funciones De La Sección De Auditoría Interna Del Impuesto Sobre La Renta Y Sucesoral De La División De Auditoria, De Que Tratan Los Artículos6Las Funciones De La Sección De Auditoría Interna Del Impuesto Sobre Las Ventas De La División De Auditoría De Que Tratan Los Artículos 87 Y 89 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por ,el Jefe De Dicha Sección O Por Sus Delegados7Las Funciones De La Sección De Auditoría Externa De La División Le Auditoria De Que Trata Si Artículo 90 Del Decreto 074 Del 1976, Serán Ejercidas Por El Jefe De La Sección O Por Sus Delegados O Comisionados Según Corresponda8Las Funciones De Las Secciones De Cuentas Corrientes Y Caja, De Cobranzas Y De Contabilidad De La División De Recaudo, De Que Tratan Los Artículos 95, 96 Y 97 Del Decreto 074 De 1970, Serán Ejercidas Por Les Jefes De Las Respectivas Secciones O Por Sus Delegados, Cuando La Delegación Sea Procedente De Acuerdo Con La Ley9Las Funciones De Que Trata El Artículo 98 Del Decreto 074 De 1976 Serán Ejercidas Por Los Visitadores De Hacienda De La División De Recaudo10Las Funciones De La División De Recursos Tributarios De Que Tratan Los Artículos 99, 100 Y 102 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por El Jefe De La División Por Sus Delegados11Las Funciones De La División Administrativa De Que Tratan Los Artículos 103 Y 106 Inclusive, Del Decreto 074 De 1976 Serán Ejercidas Por El Jefe De Y La División Por Sus Delegados12Las Funciones De Las Recaudaciones, De Impuestos Nacionales, De Que Trata El Artículo 108 Del Decreto 674 De 1976, Serán Ejercidas Por El Recaudador O Por Sus Delegadas, Cuando La Delegación Sea Procedente De Acuerdo Con La Ley13La Autoridad Nominadora Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En El Presente Decreto14Los Actuales Empleados De La Administración De Impuestos Nacionales De Armenia Que Fueren Incorporados En Cargos Con Remuneración Inferior A La Que Estén Devengando En El Momento De La Incorporación, Continuarán Con La Que Vienen Percibiendo Hasta15Los Actuales Empleados De La Administración De Impuestos Nacionales De Armenia, Para Ser Incorporados A Cargos De Series Diferentes A Las Que Venían Desempeñando, Esperan Reunir Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual De Funciones16En Los Casos En Los Cuales Se Trasladen- Funcionarios Entre Las Diferentes Dependencias Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Se Entenderá Para Todos Los Efectos Legales Y Fiscales Que El Servicio Se Ha Prestado Sin Solución De Continuidad Y Los Salarios Seguirán Siendo Pagados Por La Dependencia A La Cual Pertenecían Inicialmente Les Mencionados Funcionarios, Hasta Tanto Se Incluyan En Una Planta Nueva17El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Marzo De 1976, Para Los Empleados Que Estuvieren Prestando Sus Servicios En La Administración De Impuestos Nacionales De Armenia De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En Dicha Fecha Y Sean Incorporados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Presente Decreto18El Presente Decreto Rige A Partir De Su Fecha De Expedición Y Deroga El Artículo 1° Del Decreto 2458 Del 30 De Noviembre De 1973, En Lo Relacionado Con La Planta De Personal De La Administración De Impuestos Nacionales De Armenia De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda-Y Crédito Público
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