Decreto
Decreto 1908 de 1961
por el cual se crea la distinción “Honor al Mérito Educativo o Cultural”.
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Distinción “honor Al Mérito Educativo O Cultural”, Para Honrar Las Instituciones Docentes Y Entidades Culturales Que Durante Un Lapso No Menor De 50 Años, Hayan Contribuido Por Sus Eminentes Servicios A La Causa De La Docencia O De La Cultura Nacional2En Testimonio A La Distinción Que Se Confiere Por El Presente Decreto, En El Respectivo Establecimiento Docente O Entidad Cultural, Se Colocará Una Placa, De Tamaño Adecuado, Con La Siguiente Leyenda: “república De Colombia-Ministerio De Educación Nacional-Honor Al Mérito Educativo O Cultural”, Y Luego El Nombre De La Entidad, El Motivo Del Homenaje Y La Fecha Correspondiente3La Presente Distinción Será Conferida Por Decreto Del Gobierno Nacional, Y Entrega En Acto Solemne Por El Comisionado Especial Que Se Designe Al Efecto