DecretoVigente
Decreto 169 de 1928
Por el cual se reorganizan los trabajos del camino de occidente de Boyacá y se organizan los del camino de Chiquinquirá a Muzo
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Desde La Fecha Del Presente Decreto Los Trabajos De Los Caminos De Occidente De Boyacá Y De Chiquinquirá A Muzo, Estarán A Cargo De Un Ingeniero Jefe Con Una Asignación Mensual De $ 3802Además Del Ingeniero Jefe, Funcionaran En Cada Una De Las Dos Vías Mencionadas Un Ingeniero Primer Ayudante Con $ 270 Mensuales, Y Un Ingeniero Segundo Ayudante Con $ 200 Mensuales, Y Un Dibujante Para Las Dos Vías, Con La Asignación Mensual De $ 1503Los Trabajos Que Se Ejecuten Serán De Trazado Y Construcción, Y Se Desarrollarán De Acuerdo Con Las Especificaciones Reglamentarias Sobre Trazado Y Construcción De Carreteras Y Caminos Nacionales Adoptadas Por El Ministerio De Obras Públicas Y Con Las Órdenes De La Dirección General De Caminos Nacionales4Para Desempeñar Los Cargos A Que Se Refiere Este Decreto, Hácense Los Siguientes Nombramientos: Ingeniero Jefe, Señor Moisés R5Los Sueldos Del Ingeniero Jefe, Del Cajero Y Del Dibujante Se Pagarán Por Iguales Partes Entre Las Dos Vías Mencionadas
03