DecretoVigente
Decreto 1382 de 1983
Por el cual se dictan normas sobre el Servicio Militar Especial para Campesinos
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Se Establece El Servicio Militar Especial Para Campesinos, El Cual Se Llevará A Cabo En Los Lugares O Centros Veredales Que Determine El Ejército A Través De Las Unidades Operativas Durante El Lapso De Un (1) Año, Con Base En La Programación Que Se Establezca Para Los Días Sábados Y Domingos2Los Ciudadanos Varones Colombianos Que Residan Y Se Dediquen A Faenas En El Campo Podrán Definir Su Situación Militar A Través De La Modalidad Del Servicio Militar Especial Para Campesinos, Sin Que Esta Forma Sea Exclusiva Para Cumplir Con La Obligación De Servicio Militar Como Soldado Regular A Quien Habite Las Regiones Rurales3Los Campesinos Varones Durante El Tiempo Que Estén Bajo Banderas Serán Considerados Como Soldados De Primera Línea, Quedando Sometidos Al Régimen Disciplinario Militar Y Al Código De Justicia Penal Castrense4Los Campesinos Que Presten El Servicio Militar Especial Recibirán Una Bonificación Proporcional Al Número De Días Del Mes Que Asistan A La Instrucción5Fíjase La Partida De Alimentación Diaria Igual A La De Los Soldados Regulares Por Cada Día De Instrucción Recibida6Para El Personal A Que Se Refiere El Presente Decreto Los Servicios Médico-Asistenciales Se Prestarán En La Misma Forma Establecida Para Los Soldados Regulares7Los Otros Aspectos Relacionados Con Inscripciones, Exenciones Y Aplazamientos Se Regirán Por Las Demás Disposiciones Que Reglamentan La Ley 1 A De 1945, En Lo Que No Se Opongan A Este Decreto8Quien Haya Cumplido Con El 80% O Más De Esta Modalidad De Servicio Militar Especial Tendrá Derecho A Que Se Le Expida Su Libreta De Reservista De Primera Clase9El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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