DecretoVigente
Decreto 1365 de 2016
por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio entre los municipios afectados y que corresponde pagar a Emgesa S. A. E.S.P., propietaria de la Central Hidroeléctrica El Quimbo.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fíjese La Siguiente Proporción En Que Debe Distribuirse El Impuesto De Industria Y Comercio Entre Los Municipios Afectados Por La Construcción De La Central Hidroeléctrica El Quimbo, Así: Municipios Área (Hectáreas) Factor De Proporcionalidad % Equivalente En Kw El Agrado 32El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, en particular la que le confiere el artículo 7° de la Ley 56 de 1981 y con fundamento en lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 2.2.3.7.1.10 del Decreto 1073 de 2015, y
- Germán Arce ZapataEl Ministro de Minas de Energía