DecretoVigente
Decreto 1357 de 2021
Por el cual se reglamentan los literales a), b), c), d) y e) del numeral 2 del artículo 260-7 del Estatuto Tributario y se adiciona el Capítulo 6 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y en desarrollo de los literales a), b), c), d) y e) del numeral 2 del artículo 260-7 del Estatuto Tributario, y
- José Manuel Restrepo AbondanoEL MINISTRO DE HACIENDA YCRÉDITO PÚBLICO