DecretoVigente
Decreto 1195 de 1974
Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 204.710.000.00 y se hacen unas aclaraciones
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0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónanse Los Cómputos, Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1974, Con La Cantidad De Doscientos Cuatro Millones Setecientos Diez Mil Pesos ($ 2042Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974, Presupuesto De Inversion Ministerio De Desarrollo Económico Capítulo 619 Desarrollo Regional Programa 619 Aportes Para El Desarrollo Regional Cancelación De Reservas Del Balance Del Tesoro De 1973, (Fondos De Desarrollo Sectorial) 6153Se Aclara Que Los Artículos Números 5970 Y 5971 Del Presupuesto De Inversión El Ministerio De Salud Pública, Tienen Sólo El Carácter De Aporte De Capital Del Estado A La Corporación De La Defensa De La Meseta De Bucaramanga Y No De Préstamo4Se Aclara Que Los Ministerios De Salud Pública Y Educación Nacional, En Virtud De La Asignación Hecha Por Medio Del Decreto Número 871 De Mayo 13 De 1974 Pro El Cuál Sé Fija El Presupuesto De Rentas Y Gastos De La Intendencia Nacional De Casanare, Pagarán A La Tesorería Intendencial La Cantidad De $ 55Se Aclara El Artículo 6144 Del Presupuesto De Inversión Del Ministerio De Desarrollo Económico En El Sentido De Que Los Tres, Primeros Proyectos Tendrán La Siguiente Leyenda: Proyecto 16Se Aclara Que El Artículo 2345 Ordinal 40 Del Presupuesto De Funcionamiento Del Ministerio De Salud Pública Es Para Hogares Sustitutos En Los Municipios De Yolombolo, Rionegro Y Andes, A Través Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Seccional Antioquia7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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