CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL RADICACION: 8826 ACTA: 14 PONENTE: Dr. LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ Bogotá D.C., cuatro (4) de marzo de dosmil tres (2003). Carlos Arturo Ortíz Perdomo por intermedio de apoderado judicial, formula incidente de desacato por incumplimiento de la sentencia de tutela proferida por esta Sala el pasado 30 de septiembre, que fuera confirmada por fallo de la Sala Penal de Casación de esta Corporación. En las diligencias aparece copia de la decisión, que no concedió el amparo, emitida por la Sala, en la tutela que presentaron por intermedio de apoderado judicial, las señoras Lila Quenza de Imbett, Margarita Quenza de Parales, Amelia Quenza de Rodríguez, Rosa Isabel Quenza de Canay y Carmen Cecilia Quenza de Pérez contra el Juzgado Laboral del Circuito de Arauca y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta (folios 8 a 11).
La sentencia fue apelada y la Sala Penal confirmó lo resuelto en la primera instancia y remitió el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión (folios 13 a 22). Observa la Sala que en el fallo de tutela no se amparó ningún derecho ni se profirió orden alguna, luego es imperativo colegir que no se puede presentar desacato conforme a lo previsto por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 En consecuencia el desacato propuesto se torna improcedente.
NOTIFÍQUESE LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS LUIS GONZALO TORO CORREA GERMÁN G. VALDES SANCHEZ ISAURA VARGAS DIAZ FERNANDO VASQUEZ BOTERO LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ SECRETARIA. República de Colombia � Corte Suprema de Justicia 8826 desacato �PÁGINA � �PÁGINA �3� República de Colombia � Corte Suprema de Justicia