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T-8042 (11-09-02) Nulidad. Remite al TribunalCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2002

Magistrado ponente: German Gonzalo Valdes Sánchez

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Tutela Exp. No. 8042 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación No. 8042 Bogotá, D.C., once (11) de septiembre de dos mil dos (2002). 1. Del estudio del expediente que contiene la acción de tutela instaurada por JESÚS EMILIO FERNÁNDEZ CARMONA contra el JUEZ PROMISCUO DEL CIRCUITO DE JERICÓ DR. OCTAVIO GIRALDO GARCÍA, se observa que la demanda fue presentada el 12 de junio de 2002. 2.

Para esa fecha había recobrado vigencia el Decreto 1382 de 2000, que entró a regir nuevamente el 16 de marzo de 2002, de modo que como la acción se intenta contra una autoridad judicial, el competente para conocer de la misma es su respectivo superior funcional, tal como lo dispone el numeral 2 del artículo 1 del referido decreto. 3. Como en el presente caso, estando vigente el decreto mencionado, el accionante presentó el escrito de tutela ante la SALA LABORAL del TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA, debiendo hacerlo en primera instancia ante la SALA PENAL de dicha Corporación, la SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL, que la falló, no advirtió que carecía de competencia funcional para conocer de dicha acción, por lo que se ha incurrido en la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del artículo 140 del C. de P. C. que, dadas sus características, es insaneable, debe declararse de oficio y surte efectos inmediatos (artículos 144 y 145, ibídem).

DECISIÓN Como corolario, se declara la NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto admisorio y se ordena remitir el expediente a la SALA PENAL del TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA, que por ley es la competente para conocer en primer grado de la presente acción. Por Secretaría comuníquese lo resuelto a los intervinientes en este trámite y envíese copia de esta providencia al Tribunal de origen.

NOTIFÍQUESE GERMÁN G. VALDÉS SÁNCHEZ JESÚS ANTONIO PASTÁS PERUGACHE Secretario 1 2