CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acción de tutela No. 7443 Henry Aranda Malaver. Directa PÁGINA 4 Acción de tutela No. 7443 Henry Aranda Malaver Directa CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPRIVADO SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente. Dr. JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO Aprobado Acta No. 73 Santafé de Bogotá D. C., nueve (9) de mayo de dos mil (2000). VISTOS El acusado HENRY ARANDA MALAVER instaura directamente ante esta Corporación acción de tutela contra una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en razón a que ésta le ha negado la rebaja de pena a que tiene derecho por el trabajo que ha realizado durante el tiempo en que ha estado en detención domiciliaria, así como el subrogado penal de la condena de ejecución condicional, al ordenar su detención en un centro carcelario de esa ciudad, impidiéndole de esta manera seguir dedicado a la actividad que estaba desarrollando en su domicilio para mantener a su familia, con lo que, según el libelista, se quebrantan sus derechos fundamentales al trabajo y al debido proceso establecidos en los artículos 25 y 29 de la Constitución Política.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE Una vez más debe reiterar esta corporación que de conformidad con lo previsto en el artículo 37 del decreto 2591 de 1991, la Corte Suprema de Justicia no tiene competencia para atender de manera directa acciones de tutela, por carecer de superior jerárquico que pueda en su momento conocer en segunda instancia la determinación que se adopte en este asunto.
Por ello, la aquí incoada por HENRY ARANDA MALAVER, deberá ser rechazada a fin de que la eleve ante cualquiera de los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde se presenta la presunta transgresión, pues de esta manera tiene la oportunidad de recurrir el fallo que en instancia se profiera. Lo anterior, debido a que la Sala no puede oficiosamente atribuir competencia en particular a ninguno de ellos.
Cabe precisar que contra esta providencia no procede recurso alguno, y al accionante le será devuelto el libelo de tutela a la dirección anotada en el mismo, así como copia de la presente decisión, para que proceda, si lo considera pertinente, conforme a lo anotado en precedencia. Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, R E S U E L V E 1.
RECHAZAR la tutela incoada por HENRY ARANDA MALAVER contra una Sala de Decisión del Tribunal Superior de Bucaramanga, por las razones consignadas en la parte motiva. 2. Devuélvase al accionante el libelo a la dirección anotada en él, así como copia de esta providencia, para que si lo estima conveniente proceda conforme a lo anotado en precedencia. 3.
Notifíquese de conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 y cúmplase. EDGAR LOMBANA TRUJILLO FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA CARLOS A. GALVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO MARIO MANTILLA NOUGUES CARLOS E. MEJIA ESCOBAR ALVARO ORLANDO PEREZ PINZON NILSON PINILLA PINILLA TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria