CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Rad. 7333. Tutela Directa CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPRIVADO SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: Dr. JORGE E. CÓRDOBA POVEDA Aprobado acta Nº 60 Santafé de Bogotá D.C., catorce (14) de abril de dos mil (2000). VISTOS El demandante Carlos Alberto Mayo Córdoba interpone directamente ante esta Corporación, acción de tutela contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdó. LA CORTE CONSIDERA Reitera una vez más la Sala que de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del decreto 2591 de 1991, la Corte Suprema de Justicia no tiene competencia para atender de manera directa acciones de tutela, por carecer de superior jerárquico que pueda en su momento conocer en segunda instancia la decisión que se adopte.
Por ello, la aquí incoada por Carlos Alberto Mayo Córdoba deberá rechazarse a fin de que la eleve ante cualquiera de los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde se presenta la presunta transgresión, pues de esta manera tiene la oportunidad de recurrir el fallo que en instancia se profiera. Lo anterior, debido a que la Sala no puede oficiosamente atribuir competencia en particular a ninguno de ellos.
Cabe precisar que contra esta providencia no cabe recurso alguno; al accionante le será devuelto el libelo así como copia de la presente providencia, para que proceda, si lo considera pertinente, conforme a lo anotado en precedencia. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, R E S U E L V E 1. RECHAZAR la tutela incoada por Carlos Alberto Mayo Córdoba, por las razones expuestas en precedencia. 2.
Devuélvasele el libelo al accionante, así como copia de esta providencia, para que si lo estima conveniente, proceda conforme a lo indicado en la parte motiva. 3. Notifíquese de conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 y Cúmplase. EDGAR LOMBANA TRUJILLO FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA CARLOS AUGUSTO GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GÓMEZ GALLEGO MARIO MANTILLA NOUGUÉS CARLOS E. MEJIA ESCOBAR ALVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN NILSON E. PINILLA PINILLA TERESA RUÍZ NUÑEZ Secretaria PAGE 3