CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Tutela de primera instancia No. 47766 Óscar Villanueva Rojas. Corte Suprema de Justicia República de Colombia Tutela de primera instancia No. 47766 Óscar Villanueva Rojas. Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS Magistrado Ponente: YESID RAMÍREZ BASTIDAS Aprobado Acta No. 131.
Bogotá, D. C., abril veintinueve (29) de dos mil diez (2010). VISTOS: Sería del caso que la Sala se pronunciara sobre la acción de tutela interpuesta por el apoderado de Óscar Villanueva Rojas en procura de amparo para sus derechos fundamentales, de no ser porque se advierte que la competencia para conocer de la demanda corresponde a la Sala de Casación Civil de esta Corporación.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: 1. La Fiscalía Séptima Seccional de Florencia, Caquetá, profirió resolución de acusación contra Alberto Valencia Granada y Óscar Villanueva Rojas por los presuntos delitos de peculado por apropiación para el primero y peculado culposo para el segundo. 2. Ejecutoriado el calificatorio, las diligencias fueron asignadas al Juzgado Primero Penal del Circuito de esa ciudad que después de agotar el procedimiento establecido en el ordenamiento jurídico, el 20 de septiembre de 2007 los absolvió. 3.
Impugnada la anterior decisión por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación, la Sala Penal del Tribunal Superior de ese Distrito Judicial el 10 de septiembre de 2008 la revocó, para en su lugar, condenarlos a las penas principales de ochenta (80) y dieciocho (18) meses de prisión, respectivamente, al ser hallados autores responsables de las conductas punibles por las que fueron llamados a juicio, sentencia contra la cual los defensores de los procesados Alberto Valencia Granada y Óscar Villanueva Rojas interpusieron el recurso extraordinario de casación, la Sala Penal de esta Corporación mediante proveído del 21 de octubre de 2009 no casó la sentencia al primero y casó parcialmente frente al segundo fijándole una pena de diez (10) meses y quince (15) días de arresto -casación No. 31791-, y ordenó devolver las diligencias al funcionario judicial competente. 4.
Óscar Villanueva Rojas por intermedio de un profesional del derecho acude al juez de tutela en procura de amparo de sus derechos fundamentales porque considera que la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá, carecía de competencia para conocer del proceso que cursó en su contra, vició que fue avalado por la H. Corte Suprema de Justicia, motivo por el cual solicita se declare la nulidad de la actuación penal ya referenciada.
CONSIDERACIONES DE LA SALA: 1. El artículo 1, numeral 2, inciso 2 del Decreto 1382 de 2000 prevé que: “Lo accionado contra la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado o el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, será repartido a la misma corporación y se resolverá por la Sala de Decisión, Sección o Subsección que corresponda de conformidad con el reglamento al que se refiere el artículo 4º del presente decreto” (Negrilla fuera de texto).
A su turno, la parte pertinente del artículo 44 del Reglamento General de esta Corporación, adicionado por el artículo 1 del Acuerdo número 006 del 2002, precisa lo siguiente: “La acción de tutela dirigida contra uno o varios Magistrados de la misma Sala de Casación Especializada, o contra la respectiva Sala, se repartirá a la Sala de Casación que siga en orden alfabético ” (Subraya fuera del texto). 2.
Así las cosas y como quiera que en la acción de tutela incoada por el apoderado de Óscar Villanueva Rojas se incluyen también presuntas omisiones por parte de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, si se tiene en cuenta que la pretensión está dirigida a que se decrete la nulidad del proceso que cursó en su contra por el delito de peculado culposo, lo procedente es remitir de inmediato las diligencias a la Sala de Casación Civil, por competencia, para el trámite a que haya lugar.
A mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Decisión Penal de Tutelas,
RESUELVE
1. REMITIR las diligencias a la Sala de Casación Civil de esta Colegiatura, por competencia. Y, 3. COMUNICAR lo aquí decidido a Óscar Villanueva Rojas. CÚMPLASE YESID RAMÍREZ BASTIDAS MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria 8 5