Micelio
T-46459 (04-02-10)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2010

Magistrado ponente: María Del Rosario González De Lemos

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA TUTELA N° 46459 República de Colombia URIEL DAVID BEJARANO BARRERA Corte Suprema de Justicia TUTELA N° 46459 República de Colombia URIEL DAVID BEJARANO BARRERA Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2 Magistrada Ponente: MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS Aprobado Acta N° 033 Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil diez (2010).

Sería del caso que la Sala avocara conocimiento y decidiera la acción de tutela interpuesta por URIEL DAVID BEJARANO BARRERA en procura de amparo para sus derechos fundamentales, de no ser porque se advierte que la competencia para conocer de la demanda no radica en la Corte Suprema de Justicia, por las siguientes razones: 1. La solicitud de amparo la promueve en contra del Juzgado 17 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, cuestionando la demora en resolver la solicitud de prisión domiciliaria como sustitutiva de la intramural. 2.

En virtud de lo anterior, de conformidad con las previsiones del artículo 1°, numeral 1° e inciso último del Decreto 1382 de 2000, la competencia para conocer de la solicitud de amparo radica en el Tribunal Superior de Bogotá, como quiera que la misma se dirige contra una autoridad judicial de la cual esa Corporación es superior funcional.

En atención a lo dicho, a la Sala Penal del Tribunal Superior mencionado, se remitirán de inmediato las diligencias constitucionales para lo de su cargo. Comuníquese a la accionante esta decisión conforme las previsiones del Decreto 1382 de 2000, artículo 1°, parágrafo único. Cúmplase, MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria 8 2