Micelio
T-45540 (04-12-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2009

Magistrado ponente: Julio Enrique Socha Salamanca

Decreto 2591 de 1991

Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA 24923 TUTELA 45540 MARTITZA RODRÍGUEZ PIÑEROS IMPUGNACIÓN PAGE 3 República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA 45540 MARTITZA RODRÍGUEZ PIÑEROS IMPUGNACIÓN CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrado Ponente: JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA Aprobado Acta No. 380 Bogotá, D.C., cuatro (04) de diciembre de dos mil nueve (2009).

VISTOS Sería del caso que la Sala de Decisión de Tutelas se pronunciara acerca de la impugnación interpuesta por la apoderada de MARITZA RODRÍGUEZ PIÑEROS, respecto del fallo proferido el 14 de octubre de dos mil nueve (2009), por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por cuyo medio negó la tutela a los derechos fundamentales al debido proceso, el acceso a la administración de justicia y el principio a la igualdad, si no se observara que la alzada está mal concedida.

En efecto, de la revisión de la actuación se establece que proferida la decisión, la Secretaria de la Sala de Casación Laboral libró los telegramas 19948 y 19949 el 15 de octubre de 2009 con el fin de notificar a la demandante y a su apoderada el contenido del fallo, razón por la cual el término para impugnar la decisión, de conformidad con lo señalado en el artículo 31 del decreto 2591 de 1991 vencía el 20 del mismo mes y año. No obstante, la apoderada de la actora radicó escrito impugnando la sentencia el 26 de octubre del año en curso, esto es, cuando ya había cobrado firmeza la decisión, resultando en consecuencia extemporáneo el recurso.

Acorde con lo anterior, se abstendrá la Sala de conocer de la impugnación presentada, y en su lugar se ordena remitir la actuación a la Corte Constitucional, para su eventual revisión. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

1. Abstenerse de conocer de la impugnación presentada por la apoderada de MARITZA RODRÍGUEZ PIÑEROS, por extemporánea. 2. Enviar la presente actuación a la Corte Constitucional, para la eventual revisión del fallo de tutela. 3. Notificar de conformidad con lo señalado en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. CÚMPLASE JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JAVIER ZAPATA ORTIZ TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria