Micelio
T-44761 (15-10-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2009

Magistrado ponente: Jorge Luis Quintero Milanes

Decreto 1382 de 2000Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA No. 44761 10 República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA No. 44761 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrado Ponente: JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado Acta No. 327 Bogotá D. C., quince (15) de octubre de dos mil nueve (2009).

Se allega demanda de tutela suscrita por MANUEL OCTAVIO BERMÚDEZ ESTRADA contra el Director y el Comandante de Vigilancia y Custodia del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Alta y Mediana Seguridad de Valledupar, autoridades a las que atribuye el desconocimiento de sus garantías fundamentales por razón de la negativa a contestar los derechos de petición elevados.

En estas condiciones, para efectos de establecer la competencia de la autoridad que debe conocer la demanda de amparo que se ha presentado ante esta Corporación, debe partirse de lo normado en el Decreto 1382 de 2000, cuando señala que las acciones de tutela contra cualquier entidad pública del orden departamental, en tanto, el establecimiento al cual se encuentran vinculados los funcionarios accionados, pertenece a la respectiva Dirección Regional del INPEC, por lo que en el presente caso corresponde su conocimiento a los Jueces Penales del Circuito de Valledupar, atendiendo el lugar de reclusión del actor y la especialidad que eligió para presentar la demanda.

Así las cosas, conforme a la citada normatividad y atendiendo a lo expuesto se enviarán las diligencias a los Juzgados Penales del Circuito de Valledupar - Reparto, para que sea allí donde se avoque su conocimiento. Igualmente se comunicará esta decisión al interesado de conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 1382 del 2000 y el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.

Cúmplase. JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS PERMISO MARIA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS YESID RAMÍREZ BASTIDAS TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 3