CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA No. 43619 10 República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA No. 43619 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrado Ponente JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado Acta No. 244 Bogotá D. C., agosto seis (6) de dos mil nueve (2009).
Se allega demanda de amparo formulada por el ciudadano ERNESTO LOAIZA, contra la Fiscalía Seccional de Ubaté, los Juzgados Promiscuo Municipal de Gachetá, Único del Circuito de Ubaté, los Ministerios de Minas y Energía y del Medio Ambiente, INGEOMINAS, la CAR, los Juzgados Primero y Noveno Civil del Circuito de Bogotá y la Policía Nacional, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a raíz del proceso que por el delito de ejercicio ilegal de la minería se sigue en su contra.
En estas condiciones, para efectos de establecer la competencia de la autoridad que debe conocer la demanda de tutela que se ha presentado ante esta Corporación, se debe partir de lo normado en el Decreto 1382 de 2000, cuando señala que las acciones de tutela contra autoridades judiciales corresponde su conocimiento al superior funcional respectivo, que para el caso del citado despacho judicial no es otro que la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca.
Así las cosas, conforme a la citada normatividad y atendiendo a lo expuesto se enviarán las diligencias al Tribunal competente, para que sea allí donde se avoque su conocimiento. Igualmente se comunicará esta decisión al interesado de conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 1382 del 2000 y el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Cúmplase. JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS MARIA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS YESID RAMÍREZ BASTIDAS TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 2