CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Tutela de primera instancia No. 41821 Pedro Nel Muñoz Claros Corte Suprema de Justicia República de Colombia Tutela de primera instancia No. 41821 Pedro Nel Muñoz Claros. Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS Magistrado Ponente: YESID RAMÍREZ BASTIDAS Aprobado Acta No.113.
Bogotá, D. C., abril dieciséis (16) de dos mil nueve (2009). VISTOS: Sería del caso que la Sala se ocupara de resolver la acción de tutela instaurada por Pedro Nel Muñoz Claros, contra un miembro del Senado de la República, de no ser porque se advierte que la competencia para conocer del libelo no está radicada en esta Corporación.
ANTECEDENTES: El ciudadano atrás referenciado pone de presente que el 16 de febrero de 2009 elevó una solicitud a la doctora Piedad Córdoba, en su calidad de Senadora de la República, para que interviniera “ ante el Gobierno Nacional para la deserción FARC-EP y desmovilización ”, pero como quiera que para el 3 de los corrientes mes y año no ha obtenido respuesta alguna, acude al juez de tutela en procura de amparo para su derecho fundamental de petición. CONSIDERACIONES DE LA SALA: 1.
De acuerdo con lo normado en el Art. 1º, ordinal 1º, inciso 1º del Decreto 1382 de 2000, la competencia para conocer en primera instancia de la acción de tutela invocada con ocasión de este asunto radica “ en los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Administrativos y Consejos Seccionales de la Judicatura ”, toda vez que el Senado de la República es un órgano del orden nacional de creación legal con regulación constitucional, por ende, la Corte Suprema de Justicia no tiene la competencia para conocer de la solicitud de amparo elevada por Pedro Nel Muñoz Claros. 2.
Vistas así las cosas, es evidente entonces que la competencia está radicada en la Sala Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, como quiera que el Senado de la República tiene su sede en esta ciudad y el accionante seleccionó a los jueces de tutela de Bogotá. A mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal,
RESUELVE
1. REMITIR las diligencias a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Y, 2. COMUNICAR lo aquí decidido a Pedro Nel Muñoz Claros.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE: YESID RAMÍREZ BASTIDAS MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria 8 3