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T-41649 (16-04-09) RechazaCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2009

Magistrado ponente: Augusto José Ibáñez Guzmán

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Tutela 1ª instancia 41.649 HÉCTOR DARÍO CASTAÑEDA LOAIZA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA NÚMERO 1 DE DECISIÓN DE TUTELAS MAGISTRADO PONENTE AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN APROBADO ACTA No. 113 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de abril de dos mil nueve (2009). MOTIVO DE LA DECISIÓN La Sala se pronuncia sobre la acción de tutela interpuesta por el señor Héctor Darío Castañeda Loaiza contra la sentencia condenatoria proferida en su contra el 13 de agosto de 2008 por el Tribunal Superior de Antioquia.

CONSIDERACIONES 1. El actor cuestiona que en la sentencia condenatoria proferida en su contra, los jueces le hubiesen negado las rebajas de pena a que tenía derecho, con el argumento de que el artículo 199 de la Ley 1098 del 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) las prohibía. 2. Los hechos y derechos señalados en la demanda que hoy se estudia coinciden en su integridad con los formulados con antelación por el mismo demandante y fueron decididos por una de las Salas de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en fallo del 9 de marzo de 2009 (radicado 40.855).

En estas condiciones, se impone el rechazo de la demanda, pues de conformidad con el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 la actuación resulta temeraria. Consecuente con lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Rechazar la demanda de tutela presentada por el señor Héctor Darío Castañeda Loaiza.

Contra esta providencia no procede recurso alguno. Notifíquese y cúmplase. AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 1