Micelio
T-41402 (18-03-09) Acepta desistimientoCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2009

Magistrado ponente: Yesid Ramírez Bástidas

Decreto 1382 de 2000Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Tutela de primera instancia No.41402 Orlando Rodríguez Mancera. Corte Suprema de Justicia República de Colombia Tutela de primera instancia No. 41402 Orlando Rodríguez Mancera. Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS Magistrado Ponente: YESID RAMÍREZ BASTIDAS Aprobado Acta No. 083 Bogotá, D. C., marzo dieciocho (18) de dos mil nueve (2009).

VISTOS: Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento presentado por Orlando Rodríguez Mancera, en relación con la acción de tutela incoada contra la Fiscalía Primera Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: 1. El actor acudió directamente a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico para que, previo los trámites constitucionales le proteja sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa técnica, porque la Fiscalía Primera Delegada ante Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla no ha resuelto el recurso de apelación interpuesto por su defensor contra la medida de aseguramiento impuesta el 22 de mayo de 2008 por la Fiscalía Veinticinco Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito de esa ciudad, dentro del proceso que cursa en su contra por el delito de receptación. 2.

El 3 de marzo del año en curso, la Corporación Judicial atrás referenciada con fundamento en las previsiones establecidas en el artículo 2° del Decreto 1382 de 2000 remitió las diligencias por competencia a esta Sala de Casación, que mediante proveído del 13 siguiente avocó conocimiento y ordenó comunicar a la autoridad accionada y a los terceros que pudieran verse afectados. 3.

Estando en trámite la solicitud de amparo, la Secretaría Administrativa de la Unidad de Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Barranquilla, remite a esta Colegiatura el memorial suscrito por Orlando Rodríguez Mancera, a través del cual manifiesta que “…en la fecha estoy desistiendo incondicionalmente de la acción de tutela interpuesta contra la Fiscalía 1ª Delegada ante el Tribunal de Barranquilla…en razón a que después de haberla leído con detenimiento estoy en completo desacuerdo con los argumentos allí planteados por mi apoderado, quien fue quien la redactó y luego me la entregó para firmarla.

En consecuencia, sírvase aceptar el desistimiento y proceder al archivo del proceso”. 4. El inciso segundo del artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 establece que: “ El recurrente podrá desistir de la acción, caso en el cual se archivará el expediente”. 5. En el asunto sub-exámine, conforme a las previsiones establecidas en la disposición atrás referenciada y sin mayores disquisiciones no le queda alternativa diferente a la Sala que aceptar el desistimiento propuesto, y en consecuencia, se ordenará el archivo del expediente.

A mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Decisión Penal de Tutelas,

RESUELVE

1. Aceptar el desistimiento formulado por Orlando Rodríguez Mancera. Y, 2. Archívense las presentes diligencias.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE YESID RAMÍREZ BASTIDAS MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria � FL. 90 c. Corte. 8 4